De acuerdo con la definición en el Anexo 1 del Reglamento del Codex Alimentario de Turquía sobre aditivos alimentarios publicado en el Boletín Oficial de fecha 30.06.2013 y número 28693:
" Endurecedores: Sustancias que hacen o preservan la textura de frutas y verduras, o que interactúan con agentes gelificantes para inducir o fortalecer la formación de gel".
73,55 TL
651,47 TL
151,31 TL
328,68 TL
1.454,25 TL
773,16 TL
201,02 TL
57,99 TL
48,71 TL
324,73 TL
1.449,30 TL
6.301,29 TL
1.461,28 TL